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UniversidaddeCádiz
Escuela de Ingenierías Marina, Náutica y Radioelectrónica - EIMANAR

Certificados de Cursos de Especialidad Marítima y Titulaciones Náuticas de Recreo


Normativa Estatal sobre Cursos de Especialidad


Orden FOM/2296/2002

Regula los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.  

ORDEN FOM/2947/2005, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y de máquinas de la marina mercante, y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.
ORDEN FOM/3933/2006, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y de máquinas de la marina mercante, y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.

Certificados de Especialidad Marítima (Actualizado Mayo 2026)



Certificados para Titulaciones Náuticas de Recreo


Únicamente para alumnos matriculados en el Grado en Náutica y Transporte Marítimo, y alumnos que posean el título de Diplomado en Navegación Marítima (Plan 2000)

Para solicitar al título de CAPITÁN de YATE es necesario estar en posesión del título de GRADO EN NÁUTICA Y TRANSPORTE MARÍTIMO, o el de DIPLOMADO EN NAVEGACIÓN MARÍTIMA.

Para solicitar el título de PER, deberán tener aprobados 120 créditos del grado, equivalentes a los dos primeros cursos.

Según se establece en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, del Ministerio de Fomento, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, se pueden acceder a éstas de acuerdo con las condiciones de convalidación que se recogen en el anexo 1 del referido Real Decreto. Los/as alumnos/as interesados/as, del Grado en Náutica y Transporte Marítimo y de la Diplomatura en Navegación Marítima (plan anterior), podrán solicitar el correspondiente certificado de haber realizado las “prácticas reglamentarias básicas de seguridad, navegación y radiocomunicaciones”, que se exige para la convalidación, en la Secretaría del Campus para su posterior gestión en la administración competente, y aportando la documentación requerida por dicha administración, que sería quien realizaría la convalidación, si así procediera.

En documento a parte, se relacionan los requisitos de asignaturas cursadas para la expedición del referido certificado. Documento  Este certificado se solicitará también mediante CAU, en el siguiente enlace:   Entrar

 


Certificados Formación Marítima Sanitaria (ISM)


Solicitud de Certificados de Formación Sanitaria (Orden PJC/1424/2025)

Si eres estudiante o titulado de los Grados en Náutica, Marina o Ingeniería Radioelectrónica, te informamos sobre el nuevo procedimiento para obtener tu Certificado de Formación Sanitaria de forma directa, según lo establecido en la Orden PJC/1424/2025.

Certificados según tu titulación académica

De acuerdo con el Anexo V de la normativa, puedes solicitar el certificado que corresponda a tu grado académico:

  • Grado en Náutica y Transporte Marítimo: Te corresponde el Certificado de formación sanitaria específica avanzada.

  • Grado en Marina: Te corresponde el Certificado de formación sanitaria específica inicial – máquinas.

  • Grado en Ingeniería Radioelectrónica: Te corresponde el Certificado de formación sanitaria específica inicial – radio.

Vigencia y caducidad de los certificados

Es importante diferenciar la validez de cada certificado según titulación:

Grado en Náutica y Transporte Marítimo: El certificado de nivel Avanzada tiene una validez de 5 años. Debe renovarse mediante un curso de actualización antes de su vencimiento.

Grados en Marina e Ingeniería Radioelectrónica: Los certificados de nivel Inicial-Máquinas e Inicial-Radio no tienen fecha de caducidad.

Requisitos y procedimiento de solicitud

Para obtener el certificado por esta vía, debes cumplir las siguientes condiciones:

Fecha de titulación: El título académico debe haber sido expedido a partir de la entrada en vigor de esta orden (diciembre de 2025).

Primera expedición: Esta modalidad solo es válida para la obtención del primer certificado. No se expedirá uno nuevo por esta vía si ya obtuviste uno anteriormente con la misma titulación.

Organismo: La solicitud debe presentarse ante el Instituto Social de la Marina (ISM).

Fecha del certificado: La fecha de expedición de tu certificado coincidirá con la fecha en que finalizaste tus estudios o la de expedición de tu título de Grado.

Información adicional

Puedes consultar el texto completo de la norma en el siguiente enlace al Boletín Oficial del Estado: