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UniversidaddeCádiz
Escuela de Ingenierías Marina, Náutica y Radioelectrónica - EIMANAR

Certificados de Cursos de Especialidad Marítima y Titulaciones Náuticas de Recreo


Normativa estatal sobre cursos de especialidad


Orden FOM/2296/2002

Regula los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.  

ORDEN FOM/2947/2005, de 19 de septiembre, por la que se modifica la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y de máquinas de la marina mercante, y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.
ORDEN FOM/3933/2006, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y de máquinas de la marina mercante, y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional.

Certificados de Especialidad Marítima



Certificados para Titulaciones Náuticas de Recreo


Únicamente para alumnos matriculados en el Grado en Náutica y Transporte Marítimo, y alumnos que posean el título de Diplomado en Navegación Marítima (Plan 2000)

Para solicitar al título de CAPITÁN de YATE es necesario estar en posesión del título de GRADO EN NÁUTICA Y TRANSPORTE MARÍTIMO, o el de DIPLOMADO EN NAVEGACIÓN MARÍTIMA.

Para solicitar el título de PER, deberán tener aprobados 120 créditos del grado, equivalentes a los dos primeros cursos.

Según se establece en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, del Ministerio de Fomento, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, se pueden acceder a éstas de acuerdo con las condiciones de convalidación que se recogen en el anexo 1 del referido Real Decreto. Los/as alumnos/as interesados/as, del Grado en Náutica y Transporte Marítimo y de la Diplomatura en Navegación Marítima (plan anterior), podrán solicitar el correspondiente certificado de haber realizado las “prácticas reglamentarias básicas de seguridad, navegación y radiocomunicaciones”, que se exige para la convalidación, en la Secretaría del Campus para su posterior gestión en la administración competente, y aportando la documentación requerida por dicha administración, que sería quien realizaría la convalidación, si así procediera.

En documento a parte, se relacionan los requisitos de asignaturas cursadas para la expedición del referido certificado. Documento  Este certificado se solicitará también mediante CAU, en el siguiente enlace:   Entrar